Shulján Aruj, Yoré Deá, Simán 3: La Shejitá realizada por un gentil
El Simán 3 del tratado de Yoré Deá en el Shulján Aruj aborda una de las leyes fundamentales sobre la aptitud para el faenamiento ritual (Shejitá), centrándose específicamente en el estatus de la carne faenada por un no judío.
A continuación, se presenta la transcripción de la ley y el rastreo de sus fuentes a lo largo de la literatura rabínica.
Transcripción Literal del Shulján Aruj (Yoré Deá 3:1)
Shulján Aruj, Yoré Deá 3:1:
«Un gentil (Oved Cojavim / no judío) que faenó, incluso si un israelita está parado sobre él (supervisándolo de cerca) y [el faenamiento se realizó] con un cuchillo revisado [y apto], su shejitá es considerada Nevelá (carroña, animal no apto para el consumo), e impurifica al ser cargada (Metamá be’Masá).»
Fuentes y Referencias Textuales
La ley codificada por Rabí Yosef Caro en el Shulján Aruj no surge del vacío; es la conclusión legal definitiva de un hilo ininterrumpido que comienza en la Torá y se desarrolla en el Talmud, los comentaristas y los codificadores medievales.
1. El Talmud (Mishná y Guemará)
La fuente primaria indiscutible de esta ley se encuentra en el Tratado de Julín.
- La Mishná (Julín 13a):«La shejitá de un gentil es nevelá y transmite impureza ritual al ser transportada (cargada).»
- La Guemará (Julín 13a):La Guemará pregunta: «¿De dónde derivamos esto (Minalán)?». Responde basándose en un versículo de la Torá:»Dijo Rav Huna: El versículo declara: ‘No sea que hagas un pacto con los habitantes de la tierra, y ellos se prostituyan tras sus dioses y ofrezcan sacrificios a sus dioses, y te inviten, y comas de su sacrificio‘ (Éxodo 34:15). De aquí se infiere que el sacrificio (faenamiento) del gentil es considerado como idolatría y está prohibido.»
2. Midrash Halájico y la Torá
Además de la cita de Éxodo, existe otra derivación fundamental traída en el Sifrei (Midrash Halájico al libro de Deuteronomio) que conecta la obligación de la shejitá con la identidad de quien la realiza.
- Sifrei sobre Deuteronomio 12:21:«El versículo dice: ‘Entonces degollarás (Vezavajta)… y comerás (Ve’ajalta)’. Quien está bajo el precepto de ‘comerás’ (las leyes de kashrut) está sujeto a las leyes de ‘degollarás’. El gentil, que no está sujeto a las leyes judías de alimentación, su faenamiento no tiene validez legal (no es shejitá).»
3. Rashi (Comentario al Talmud)
Rabí Shlomo Yitzjaki (Rashi) explica la lógica detrás de la Guemará en Julín 13a para aclarar por qué el nivel de supervisión no importa.
- Rashi en Julín 13a:Explica Rashi que la advertencia de la Torá de «no comer de su sacrificio» establece un principio absoluto. La inaptitud del gentil para realizar la shejitá es intrínseca, independientemente de su técnica. Puesto que no está encomendado en el precepto (Eino B’Tzivui), su acto físico de cortar no activa el estado de Kasher, convirtiendo automáticamente a la carne en Nevelá (un animal muerto por medios no rituales).
4. Maimónides (Rambam)
En su obra magna de jurisprudencia, el Mishné Torá, el Rambam codifica esto detallando explícitamente que la intención o la supervisión no cambian la ley.
- Mishné Torá, Hiljot Shejitá 4:11:«Un gentil que faena, incluso si lo hace en un lugar donde no hay sospecha de que esté ofreciendo un sacrificio para idolatría, e incluso si es un menor de edad (que no tiene conocimiento de idolatría), y un israelita lo está viendo [para asegurarse de que corta los signos correctamente] y le revisó el cuchillo previamente, su shejitá es Nevelá.»
5. Arba Turim (El Tur)
Rabí Yaakov ben Asher, cuya obra sirve de estructura directa para el Shulján Aruj, resume la ley unificando el Talmud y el Rambam.
- Tur, Yoré Deá 3:«Un gentil que faenó, su shejitá es nevelá. E incluso si un judío lo está supervisando, y él faenó correctamente con un cuchillo apto, y se sabe con certeza que no tuvo la intención de realizar idolatría… aún así es nevelá. Porque está escrito: ‘Y degollarás… y comerás’, enseñando que solo aquel a quien se le ordenó sobre el consumo [kasher] tiene una shejitá válida.»

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